Señores productores se les informa que el empadronamiento y re empadronamiento de propiedades con yerba y operadores se realiza en la oficina de empleo de la ciudad de Oberá ( esquina Chaco y Larrea) en los horarios por la mañana de lunes a viernes de 7 a 13 y por la tarde los días lunes, martes y miércoles de 15.30 a 18.30. Esta operación es obligatoria para todos los productores de la provincia de misiones y corrientes.
Requisitos
- DNI, CUIT, CUIL, CDI y/o contrato social, estatuto s/corresponda.
- Titulo de propiedad y/o informe dominial y/o boleta de compra venta.
(CUANDO ES SOLAMENTE UN PROPIETARIO)
- Más de un propietario (condominios) se inscriben TODOS como propietarios,
puede presentar autorización de los otros para realizar la inscripción.
- Uno o mas propietarios con reserva de usufructo a favor de un tercero, se inscribe el propietario ( no el usufructuario: persona que usa, goza y dispone de un bien ajeno).
- Titular dominial fallecido SIN SUCESIÓN: presentar libreta de familia completa (con todos los datos de los hijos) y autorización (ante escribano o juez de paz) de todos los herederos hacia la persona que va inscribir a favor del fallecido (titular dominial), la autorización debe decir que se declaran únicos y universales herederos.
- Sucesión: abierto el proceso sucesorio se inscribe a favor del titular dominial fallecido, la persona encargada de hacerlo es el administrador judicial (puede ser un heredero)
- Boleto de compra venta: vendedor-comprador.
- Donación.
- Oficio remate.
- Cesión de derechos.
Registro de operadores productores NO PROPIETARIOS
- Constancia de monotributo o de opción
- D.N.I
- EN CASO CORRESPONDA ADJUNTAR
- COMODATO.
- ARRENDAMIENTO Y APARCERÍA.
- Autorización para la explotació