El Poder Ejecutivo nacional oficializó la decisión de mantener el día de los feriados nacionales del 24 de marzo -Día de la Memoria, por el golpe militar de 1976- 2 de abril -Día del veterano de Malvinas- y 20 de junio -Día de la Bandera-, al aceptar el reclamo de distintos sectores de la sociedad.
El Decreto 80/2017, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, precisa que se mantendrán fijas las tres fechas dando fin a la polémica que generó en diversos sectores que se opusieron a que dichos feriados puedan ser movibles.
En la la rectificación del DNU 52/2017, que había modificado el régimen de los feriados nacionales y eliminado los feriados “puente”, se recordó que la reformulación del anterior esquema que databa del 2010 había obedecido a que el mismo “impactaba negativamente en la actividad productiva y en la cantidad de días de clase imprescindibles para el año lectivo”.
Asimismo, se remarcó que “la norma mencionada tuvo por finalidad encontrar un balance en el diseño de diferentes políticas públicas, tanto las orientadas al desarrollo del turismo como las de fomento de la actividad productiva y la mejora de la calidad educativa”.
“En consecuencia, se dispuso la eliminación de los feriados con fines turísticos y la movilidad de la mayoría de los feriados nacionales a fin de que se cumplan en días lunes, relacionándose este último extremo con el hecho de que los comercios en general desarrollan su actividad los días sábados también, y la movilidad del feriado permite el equilibrio entre la actividad comercial y el turismo”, se reiteró en el nuevo DNU que se publica este miércoles.
No obstante, se remarcó que el referido decreto 52 «desde ningún punto de vista ha buscado desconocer el valor simbólico e histórico de los feriados nacionales” y que, “por el contrario, fue dictado en la inteligencia de que un buen ejercicio de memoria es el trabajo pedagógico en las escuelas mediante el cual se conmemore con recursos educativos estos hitos históricos”.
Por lo tanto, “teniendo en consideración lo expresado precedentemente, resulta procedente sustituir el artículo 4° del ya citado decreto
N° 1584/10, modificado por su similar N° 52/17, incorporando al listado de los feriados exceptuados de ser trasladados los correspondientes a los días 24 de marzo, 2 de abril y 20 de junio”, concluyó la norma en sus considerandos.
El resto de los feriados inamovibles son el 1° de enero, lunes y martes de Carnaval, Viernes Santo, 1° de mayo, 25 de mayo, 9 de julio, 8 de diciembre y 25 de diciembre.
El DNU lleva las firmas del presidente Mauricio Macri y todo su gabinete nacional.
Telam