Rolando Lovera fue condenado en diciembre pasado a 19 años de prisión por el asesinato a golpes de Selene Aguirre (2), la hija de su entonces pareja, un hecho ocurrido en Oberá en enero de 2015. Hace dos semanas, el Tribunal Penal de la Capital del Monte dio a conocer los fundamentos del fallo. Y este viernes vence el plazo para la apelación. Fuentes del caso indicaron que el abogado defensor del sentenciado, Martín Moreira, trabaja en el escrito con el que buscará revertir el castigo impuesto a su cliente.
La casación primero será presentada ante los mismos camaristas: Mónica Azucena García González, Jorge Erasmo Villalba e Ivonne Graciela Heppner. Si los magistrados rechazan el planteo, acudirá al Superior Tribunal de Justicia. El trámite de revisión dura alrededor de tres años.
Además de condenar a Lovera, el Tribunal absolvió a la madre de la víctima, Victoria Aguirre, por el “beneficio de la duda”.
Para los camaristas fueron clave las imágenes de las cámaras de seguridad de la arenera donde trabajaba el sentenciado, ya que allí, según ellos, se ve que fue la última persona que tuvo contacto con la víctima, que tenía retraso madurativo e incapacidad motriz.
“Rolando Emilio Lovera es el autor individual del delito de homicidio bajo la forma concreta del dominio de la acción”, sostuvo el TP.
Sobre Victoria, aclaró: “Mencionó situaciones que merecen muy poca credibilidad, por ejemplo, el que en la madrugada del 29 de enero de 2015 estuvo en estado de secuestro en manos de Lovera. Tenía suficientes oportunidades para pedir auxilio o comunicarse con sus familiares, atento a los lugares públicos que frecuentaba, y cuando cuidaban la casa de la madre de Lovera, cuando esta se encontraba de vacaciones. Tuvo acceso a pedir auxilio”.
Los jueces concluyeron que gracias a la filmación en cuestión se pudo “colegir nítidamente que Lovera fue la única persona que mantuvo en brazos a Selene trasladándola de un lugar a otro y en distintos horarios nocturnos y con un clima hostil”.
Sin embargo, para el abogado Moreira, ese punto “no fue una cuestión planteada en la acusación, por lo que se trata de una violación al debido proceso”. Sobre eso girará la casación.
El TP consideró que el sereno actuó de esa manera luego de los problemas de pareja que empezó a evidenciar. Indicó que la relación con Aguirre comenzó a “deteriorarse el 21 de enero de 2015 en el lugar del trabajo de Lovera, por el trato brusco que Lovera comienza a prodigarle a la menor”.
“Lovera expresamente reconoce que el último momento que Selene estuvo con vida fue entre las 2 y 2.30 de la madrugada del 29 de enero de 2015, en que la toma en sus brazos y da una vuelta con ella. Ante tal actitud cabe entonces preguntarnos ¿Para qué salió a dar una vuelta con la menor, si de acuerdo a sus propios dichos, ratificados por secuencias fílmicas de las cámaras de seguridad de la arenera se observa que ese día y a esa hora, llovía copiosamente y el acusado sabía el estado de fragilidad de la salud de la menor, y esa actitud era perjudicial para la misma? La respuesta es clara: El encartado evidenció un comportamiento irresponsable y hasta temerario. En tanto a la madre, solamente se la ve en dos oportunidades en los registros, una cuando hace uso del baño y la otra con signos evidentes de tratar de ver o ubicar a Lovera quien había quedado al cuidado de la niña”, indicó el cuerpo juzgador.
“Es autor individual del delito de homicidio, porque dominó el hecho, con su proceder retuvo la facultad de decidir la ordenación de los sucesos, decidió tanto sobre el comienzo de ejecución como la consumación, pudiendo así mismo disponer en cualquier momento, la paralización de la empresa criminal, cosa que no lo ha hecho y por ello ha matado”, remarcaron los camaristas.
“Si Victoria Aguirre habría deseado la muerte de Selene, habría optado por la privación del suministro de los alimentos de la dieta, la hidratación o lo medicamentos, sin apelar a la muerte traumática y violenta de que fue objeto esta desgraciada víctima”, diferenció: “Era buena madre porque cuidaba, la salud de su hija Selene a quien le prodigaba no solamente los cuidados relativos a la mencionada salud, sino también los afectos y cariños de su amor materno-filial”.
“No está equivocado sostener que en esa madrugada se produjo el ataque fatal, en el horario que conforme a los registros de la cámara de seguridad, Lovera se encontraba con la niña. De todo ello da cuenta la autopsia, ya que para darle muerte a una niña indefensa de apenas 2 años y 5 meses se utilizó un objeto contundente, duro y romo, aplicado con tal violencia que determinó una fractura y separación de la región fronto parietal y enclavamiento del tronco cerebral”, remataron los jueces.
Ahora se vendrá la apelación y con seguridad el STJ tendrá la última palabra.
Misionesonline