Más facilidades para inscribirse en el Registro de Productores y de Yerbales
El Directorio del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) aprobó la Resolución 280 que facilita el trámite de inscripción en los Registros de Yerbales y Productores. A partir de la vigencia de esta normativa, quienes necesiten estar inscriptos como operadores y tengan dificultades para completar las documentación, podrán hacerlo presentando la Declaración Jurada de tenencia legítima del yerbal establecida por Resolución 19/2017.
La Resolución 280/2018 “autoriza la inscripción de yerbales conforme datos de titularidad que surgen de la documentación presentada al INYM para la admisión del trámite”, dice el artículo 1 y 2 del instrumento legal, y habilita al productor inscripto una vez que presente la Declaración Jurada de tenencia legítima del yerbal establecida por Resolución 19/2017.
La norma apunta a solucionar aquellas inscripciones de sucesiones en la que no está designado el administrador judicial y no se presentaron todos los herederos o los condominios en los que no se presentaron todas las partes. “Entonces, se inscribe el yerbal a nombre de la sucesión o de los condominos como consta en la documentación presentada y como productor a la persona que presentó la documentación. La Declaración Jurada de la Resolución 19 se solicita como un resguardo para el INYM respecto que esa persona está autorizada por los otros herederos o titulares a explotar el yerbal”, explicó Sabine Netter, del área de Registros de la Institución.