Cargando noticia...

TITULARES Nuevas luces LED y mejoras en la red eléctrica en calle Malvinas Jornada de Reciclaje de Electrónico Liga Nacional | OTC se mide ante Boca Juniors Oberá invita a vivir la Semana Santa con el “Circuito de Fe Las voces femeninas cristianas brillaron en la Casa del Bicentenario Oberá promovió la inclusión en una jornada especial por el Día del Síndrome de Down Futsal femenino: una jornada de competencia, reconocimiento en el Ian Barney Reflexión y memoria a 50 años del Golpe de Estado Cívico-Militar en Argentina Con participación juvenil, inició en Stemberg la pintura de playones Empresas de diferentes rubros fortalecen la Exposición Agroindustrial Oberá Masacre de Oberá: verdades incómodas sobre la rebelión de productores en 1836 8M: Reconocimiento a Mujeres de las Colectividades Oficializaron la primera lista del PJ Misiones encabezada por Juan Carlos Ríos Vuelta a clases: los números de la educación en Misiones “Maravilla” Martínez deleitó a la comunidad en Dos de Mayo: “Cada chico en un gimnasio es uno menos en la calle” El Concejo Deliberante de Oberá inauguró el L Período de Sesiones Ordinarias El Ian Barney recibirá una gran jornada de boxeo fiscalizada por la FAB Impulso Local dará inicio a su cronograma 2026 el próximo jueves 5 de marzo Gran participación en la 33° edición del Gran Prix Nocturno El Municipio llama a licitación para la concesión de espacios gastronómicos en el Jardín de los Pájaros y el Salto Berrondo

Menú

Búsqueda

Inicio

La Defensoría del Pueblo solicitó que la Municipalidad aplique sanciones a Capital del Monte

Seguinos en Google Noticias Seguinos en Google Noticias OBERÁ. A través de una nota enviada por la Defensora del Pueblo, Patricia Nittmann a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad, solicitando la aplicación de sanciones establecidas en los artículos 67 y 68 de la ordenanza 2036, a fines de salvaguardar los derechos de los […]

📅 15/08/18 | 🕒 Lectura: 3 min
La Defensoría del Pueblo solicitó que la Municipalidad aplique sanciones a Capital del Monte

OBERÁ. A través de una nota enviada por la Defensora del Pueblo, Patricia Nittmann a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad, solicitando la aplicación de sanciones establecidas en los artículos 67 y 68 de la ordenanza 2036, a fines de salvaguardar los derechos de los vecinos de Oberá.

Teniendo presente que los días martes 7 y viernes 10 de agosto, no hubo servicio por dos horas, debido a asambleas que realizaron los chóferes a falta de pagos de sueldo y ante las quejas de usuarios por no contar con el servicio, la Defensoría pidió al ejecutivo la aplicación de los artículos antes mencionado.

¿Qué dicen los artículos de la ordenanza 2036?

Artículo 67°:LOS Concesionarios que infringieren las obligaciones que surgen de las disposiciones de esta Ordenanza, su Reglamentación o las cláusulas contractuales, se harán pasibles de una multa equivalente entre 1.000 y 20.000 veces el precio del boleto.-
Las multas aplicadas podrán deducirse del depósito de garantía del servicio, debiendo en tal caso los concesionarios reintegrar al mismo los montos pertinentes en un término que no excederá de treinta días de la notificación de la decisión administrativa firme.

Sin perjuicio de lo anterior, se podrá además disponer la caducidad de la concesión en los siguientes casos:
a) Cuando el concesionario ordenare o permitiese sin causa que lo justifique la supresión, modificación, suspensión o abandono del servicio;
b) La comisión dentro del lapso de un año de más de seis infracciones a los requisitos de funcionamiento que hacen a la seguridad del servicio;
c) Ante el desconocimiento de disposiciones del Departamento Ejecutivo tendientes a la regulación del servicio;
d) Si no se reintegrare en término al depósito de garantía del servicio, los montos deducidos por multas aplicadas;

La caducidad determinará la pérdida del depósito de garantía del servicio y la inhabilitación del concesionario para ser en el futuro concesionario de un servicio de transporte colectivo de pasajeros de la Ciudad de Oberá.-
Artículo 68°: EL incumplimiento de las disposiciones establecidas por la presente Ordenanza y disposiciones complementarias, dará lugar a las siguientes sanciones: a) Apercibimiento; b) Multas; C) Suspensión de la Concesión; d) Resolución de Contrato.

La reglamentación determinará la aplicación de las sanciones determinadas en este Artículo, considerando la naturaleza y gravedad de las infracciones, circunstancias agravantes o atenuantes, reincidiendo y antecedentes de la Empresa.