El precio garantía puesto en secadero del brote del té es de pesos tres con quince centavos ($ 3,15) kg de hoja, con un adicional de $0,30 si proviene de lotes certificados en buenas Prácticas Agrícolas (BPA), y del té en rama (no tipificado) de ($ 22,37) por kg. de hoja.
El ministerio del Agro y la Producción, a través la subsecretaría de Desarrollo y Producción Vegetal comunica respecto al precio del Té, que la misma fue establecido por resolución N° 172, del 14 de Septiembre de 20018, por el responsable de la cartera agraria, ingeniero José Luis Garay, según lo establece la ley del CoProTé, al no llegar a un acuerdo de precios entre los representantes de los distintos sectores de la cadena de producción, fijándose de la siguiente manera: El precio garantía puesto en secadero del brote del té es de pesos tres con quince centavos ($ 3,15) kg de hoja, con un adicional de $0,30 si proviene de lotes certificados en buenas Prácticas Agrícolas (BPA), y del té en rama (no tipificado) de ($ 22,37) por kg. de hoja.
Si durante ese periodo hay una variación del dólar superior al 5% automáticamente, a partir del 1 de enero el precio garantía del brote de té se actualizará a la cotización del dólar vigente del día, o sea al primero de enero”. Lo mismo se aplica, del 1 de enero al 28 de febrero; si el dólar, en ese periodo sufre una modificación, superior al 5%, se actualizará a partir del primero de marzo y este precio rige hasta fin de zafra que es el 31 mayo” aclararon desde el ministerio del Agro.
Y con esto el “precio garantía” tanto del brote de té como del té en rama (no tipificado) están claramente definidos en la resolución para la campaña 2018-2019 y que se convocará a una reunión de la Comisión Provincia del Té (CoProTé) para informar.