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Cuando Comienza la Veda electoral y qué actividades se prohíbe?

Seguinos en Google Noticias Seguinos en Google Noticias El Código Nacional Electoral impone una serie de restricciones que van desde el veto a la propaganda política a la restricción en la venta de alcohol en la previa de los comicios Este domingo se celebran elecciones legislativas en todo el país. Y como estipula el Código Nacional Electoral, rigen […]

📅 29/05/19 | 🕒 Lectura: 2 min
Cuando Comienza la Veda electoral y qué actividades se prohíbe?
El Código Nacional Electoral impone una serie de restricciones que van desde el veto a la propaganda política a la restricción en la venta de alcohol en la previa de los comicios

La regulación existe para que el votante tenga un tiempo de “reflexión” previo a emitir el voto, no “contaminado” por propaganda política. En España, de hecho, a la veda electoral se la llama “jornada de reflexión”.

Pero la veda no solo incluye la prohibición de la propaganda política.

¿Qué otras actividades regula?

48 horas antes y hasta el cierre de los comicios

La normativa veta «la realización de actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde cuarenta y ocho horas antes de la iniciación de los comicios y hasta el cierre del mismo».

Tampoco se puede «publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización de los comicios y hasta tres horas después de su cierre», o sea, hasta las 21 del domingo.

Pero las redes sociales, que no existían cuando se creó el Código, cayeron en un vacío legal. Twitter, Facebook e Instagram, entre otras, están fuera de la veda.

12 horas antes y 3 horas después de finalizado el acto

Desde las 0 del domingo y hasta las 21 de ese día no podrán estar abiertas «las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas», sean mercados, restaurantes o bares.

También estarán prohibidos «los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado”.

A 80 metros de la mesa receptora de votos

Además, durante la veda tampoco se pueden «admitir reuniones de electores», «ofrecer o entregar boletas» ni abrir «organismos partidarios» en un radio de 80 metros de una mesa de votación.