Mediante la Resolución N°452/2020, se recomienda a la población la utilización del protector facial para circular en la vía pública en el ejido municipal;
asimismo para instituciones públicas y privadas que tengan atención al público a partir del día de la fecha.
Ante la emergencia sanitaria y epidemiológica, el Intendente de la Ciudad de Oberá, Dr. Carlos Fernández, en el uso de las facultades que le confiere la Carta Orgánica Municipal, resolvió adherirse al Decreto Provincial N° 450/20 en el que se instruye la utilización de protectores nasales y bucales obligatorio en su territorio, con el objetivo de proteger a la población de infectados asintomáticos.
En este sentido, el Gobierno de la Ciudad de Oberá resolvió, ESTABLECER la obligatoriedad, a partir del día de la fecha, del uso de mecanismos de protección nasal y bucal en todo el ejido urbano de la ciudad de Oberá en atención a la situación epidemiológica existente. El uso obligatorio es comprensivo de todo lugar de circulación pública, tales como bancos, supermercados, estaciones de servicio, transporte público de pasajeros y demás actividades de concurrencia de personas. Los rubros descriptos son meramente enunciativos.
RECOMENDAR a la población en general extremar las medidas de cuidado y protección personal, la higiene y el respeto de las distancias mínimas establecidas como principales medidas de seguridad; así como también a utilizar las medidas de protección establecidas anteriormente, en casos de interacción o cercanía con personas fuera de su hogar.
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