Resolución N°460. A partir del viernes 17 de abril entra en vigencia la medida que restringe la circulación de personas que no están exceptuadas del aislamiento preventivo y obligatorio.
Es decir que, podrán circular por las calles de Oberá, las personas que según la terminación del Documento Nacional de Identidad, le corresponda al día asignado. Quedan exceptuados aquellos que tengan turnos asignados por una entidad bancaria, de previsión social o casos de emergencia por salud o por tener a una persona a cargo.
Debe estar conectado para enviar un comentario.