A través del Decreto N°717/20 firmado por el intendente Leonardo Stelatto, la Municipalidad de Posadas habilita la venta ambulante, de forma gradual y ordenada en fomento de la economía popular, como forma de paliar la situación económica de los vendedores de esa modalidad en el marco de la pandemia del coronavirus.
En este sentido, el único predio habilitado para la actividad comercial de puestos de venta ambulante y de artesanos en la zona céntrica será el “Paseo Bosetti”, ubicado sobre calle Bolívar entre las calles Buenos Aires y Rivadavia.
Además se informa que podrán desarrollar la actividad comercial en espacios públicos todos aquellos vendedores que se encuentren empadronados en el Municipio y cuenten con los permisos correspondientes, de conformidad con la legislación vigente. También deberán descargar la APP para celulares “Misiones Digital”, para transitar por la ciudad.
El horario de atención al público será de 08:00 a 17:30 horas.
*Protocolo de bioseguridad para puestos en la vía pública*
– Cada puesto de venta deberá ser atendido por una persona, está prohibida la presencia de dos o más individuos.
– La distancia reglamentaria de separación entre los puestos será de 1,5 metros. A su vez, deberá contar con cartelería que indique que la distancia entre el vendedor y cliente, será de 1,5 metros.
– El municipio recomienda que los clientes no manipulen los productos con el fin de evitar la transmisibilidad viral a causa del contacto continuo.
– Sólo se pueden comercializar productos previamente elaborados. Está prohibido cocinar en la vía pública.
– Cada puesto debe contar con los elementos de bioseguridad: alcohol en gel, alcohol o lavandina diluida con agua para la higienización de las manos y/o desinfección de objetos.
– Es obligatorio del uso permanente de tapabocas y rollo o servilleta de papel que deberán descartarse luego de utilización.
– Se recomienda disminuir el uso del celular en la zona de trabajo. En caso de ser utilizado deberá ser desinfectado luego de su uso.
– Se recomienda la instalación de una barrera física real (acrílico o vidrio) entre el vendedor y el cliente.
– Los puestos deberán exhibir carteles, banners, audios o cualquier material de difusión para favorecer la prevención del Covid- 19.
– El Departamento del Ejecutivo Municipal planificará, diagramará y asignará a cada artesano el lugar o zona a ocupar, con la acreditación y notificación correspondiente.
*Vendedores de chipa*
Los vendedores ambulantes de chipa y/o productos elaborados pueden ofrecer sus productos en un lugar determinado o libremente por la ciudad.
– Deben poseer certificado vigente del curso de manipulación de higiénica de alimentos y contar con el carnet sanitario correspondiente.
– Debe contar con indumentaria apropiada y elementos de bioseguridad: alcohol en gel, alcohol o lavandina diluida con agua para la higienización de las manos y/o desinfección de objetos.
– Es obligatorio el uso permanente de tapabocas y rollo o servilleta de papel que deberán descartarse luego de utilización.
– También deben contar con elementos que eviten el contacto directo con los alimentos cuando son entregados a los clientes.
– Los alimentos deben transportarse evitando el contacto con el medioambiente.
– En caso de formar parte de una cadena de producción, deben identificar en su indumentaria el nombre de la organización o la empresa a la que pertenecen.
*Artesanos*
– Sólo participan los inscriptos como Artesanos del Paseo Bosetti.
– Se recomienda acondicionar los boxes con plásticos que permitan el distanciamiento y aislamiento del artesano en relación al comprador.
– Proveer de alcohol en gel a cada puesto.
– Control de temperatura en la entrada y salida del Paseo.
– Acreditación de Artesano del Paseo Bosetti.
– Uso obligatorio de barbijos y guantes.
– Una persona por box.
– Prohibida la presencia de menores.
– El Departamento del Ejecutivo Municipal planificará, diagramará y asignará a cada artesano el lugar o zona a ocupar, con la acreditación y notificación correspondiente.
*Régimen de bioseguridad para puestos de venta fijos*
– La atención estará distribuida en turnos alternados y rotativos.
Días lunes, miércoles y viernes: atenderá los puestos con números par.
Días martes, jueves y sábados: atenderá los puestos con números impar.
Los números par o impar, serán rotativos cada semana, a fin de asegurar un cronograma de atención al cliente.
– A fin de compensar los días de semana, sin actividad comercial, la comuna dispone que los vendedores ambulantes podrán atender al público los domingos en el horario de 08:00 a 14:00 horas.
La actividad de los domingos se desarrollará en forma alternada, correspondiendo un domingo a los números pares y otro a los números impares.
– Cada puesto deberá ser atendido por una sola persona.
– Deberá contar con marcas en su frente que asegure la distancia reglamentaria de 1,5 metros con el cliente.
– Cada puesto deberá contar con elementos de bioseguridad: alcohol en gel, alcohol o lavandina diluida con agua para la higienización de las manos y/o desinfección de objetos.
– Debe realizarse la limpieza y desinfección de todos los lugares comunes.
– Debe asegurarse el distanciamiento social y evitar que la mercadería obstruya los pasillos o galerías
– Los puestos que vendan indumentarias o zapatos deben cumplir con los requisitos referentes a los probadores, asegurando la desinfección de objetos y espacios.
– La persona que se encuentra dentro del grupo de riesgo, no podrá poner en acción el protocolo presentado, hasta ser considerado fuera de riesgo.
– Los puestos deberán exhibir carteles, banners, audios o cualquier material de difusión para favorecer la prevención del Covid- 19.