El Concejo Deliberante aprobó en la sesión del martes que las personas multadas por no usar barbijos o tapabocas en la ciudad de Oberá, puedan abonar el monto de la sanción en especie.
Los Concejales aprobaron por mayoría este expediente, señalando que Mediante la ley provincial XVII N° 118, se estipuló la obligatoriedad del uso de barbijos y/o tapabocas en toda la provincia de Misiones. Dicha ley fue reglamentada por el Decreto Provincial N° 959/2020 en la cual se establecen las multas y montos concretos, que, para el caso de personas físicas, se estipula en un mínimo de 25 UF hasta el máximo de 73 UF.
Es así que con la Ordenanza N° 2843, atendiendo al momento de emergencia sanitaria y epidemiológica que regía, se buscó penar de manera severa a todas las personas que incumplan con las normativas vigentes relativas al Covid-19. Los ediles explicaron que, sin lugar a dudas se debe seguir cuidando la salud de la sociedad y por dicho motivo los incumplimientos a las normativas deben seguir vigentes aún más cuando ya se ha sancionado una ley provincial que así lo estipula en todo el territorio provincial. “A pesar de lo expuesto, es la intención de este proyecto brindar la posibilidad de tener una alternativa distinta de pago de la multa para los casos en que se incurra por primera vez con el incumplimiento. Buscamos otorgar la posibilidad de que un primer incumplimiento se pueda abonar en especie y que dicho pago en especie sea destinado a la ayuda social para atender las necesidades de los vecinos que se encuentran en situación extrema. En cierta medida el pago en especie de la multa, se convertirá en una herramienta más de cumplimiento de la pena que imponga el Juez de faltas municipal, pero con la diferencia que tendrá un fin específico de ayuda comunitaria”, señala el dictamen de la Comisión de Peticiones, Poderes y Legislación.