Se realiza la modificación del artículo 1° de la Resolución N°600, quedando establecido un nuevo horario de apertura comercial, será a partir del martes 13 de octubre y queda establecido de 7.30 a 20hs.
Cada comercio, podrá trabajar libremente en esa franja horaria y garantizando a sus empleados el cumplimiento de la normativa laboral vigente respecto a las horas máximas diarias de trabajo.
Este nuevo horario se establece sin perjuicio de aquellos rubros que por su naturaleza cuenten con un horario de apertura mayor al determinado en esta resolución.
Asimismo, aquellos rubros que por su naturaleza necesiten realizar la distribución de insumos o reposición de los mismos, podrán hacerlo en horarios previos y posteriores al determinado en el artículo precedente.
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