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El Concejo Deliberante aprobó una Ordenanza estableciendo multas y clausura por incumplimiento de medidas sanitarias

Seguinos en Google Noticias Seguinos en Google Noticias Los Concejales señalaron en su dictamen que se ha constatado algunos comercios que han incumplido reiteradamente los protocolos, principalmente ello se da en los rubros de funcionamiento nocturno como ser bares y lugares de eventos adaptados al protocolo de gastronomía. Muestra de los incumplimientos reiterados son las […]

📅 04/05/21 | 🕒 Lectura: 2 min
El Concejo Deliberante aprobó una Ordenanza estableciendo multas y clausura por incumplimiento de medidas sanitarias

Los Concejales señalaron en su dictamen que se ha constatado algunos comercios que han incumplido reiteradamente los protocolos, principalmente ello se da en los rubros de funcionamiento nocturno como ser bares y lugares de eventos adaptados al protocolo de gastronomía.

Muestra de los incumplimientos reiterados son las actas elaboradas por los departamentos de inspección municipal. Por ello y sumado al delicado momento de evolución de la pandemia que vive nuestra ciudad, se consideró oportuno desalentar el incumplimiento de las medidas sanitarias mediante la implementación de sanciones para quienes incurran en dichas infracciones.

El Concejal Pablo Hassan explicó que estas pautas solamente son para el cumplimiento de la normativa vigente, “creo que como sociedad y como vecinos debemos ser conscientes del momento que está atravesando el todo el País y de la situación particular que tiene hoy Oberá y la Provincia con un riesgo moderado en el cual podemos circular, por lo que creo no debemos descuidarnos en ese sentido. Lo único que se está solicitando es que se ponga mayor cuidado en el cumplimiento de estos requisitos y de estos protocolos vigentes desde el año pasado. Para ello solicitamos a los comercios el cuidado y el respeto de estas normas, para cuidar también a cada una de las personas que allí interactúan”, expresó el edil.

La Ordenanza prevé el pago de 400 Unidades Fijas al titular del comercio que incumpliere las medidas obligatorias de:

  1. a) Distanciamiento social obligatorio entre presentes,
  2. b) Utilización de tapabocas o barbijos.
  3. c) Provisión y utilización de alcohol en gel o alcohol reducido al 70%.
  4. d) Listado de personas presentes con indicación de sus datos personales completos.
  5. e) Horarios máximos permitidos.
  6. f) Distribución de personas presentes en los espacios habilitados a fin de evitar la aglomeración en un mismo sector. Elio sin perjuicio del Factor Ocupacional Máximo establecido y notificado previamente por las áreas de inspección pertinentes.

Esta multa se duplicará automáticamente en casos de reincidencia. Además, la normativa establece la clausura inmediata por tiempo indeterminado de los locales que incumplieren las medidas obligatorias de bioseguridad establecidas. La clausura quedará supeditada al levantamiento de la multa oportunamente determinada por el Tribunal de Faltas Municipal.