Los jueces consideraron que el imputado es responsable penalmente por el delito homicidio agravado por la convivencia preexistente. Luego de una audiencia de más de tres horas en las que se escucharon los alegatos de las partes, el Tribunal Penal II de Posadas condenó a Martín Monzón a la pena de prisión perpetua por el crimen de Horacelia Marasca (16), asesinada y su cuerpo desmembrado, el 16 de agosto de 2015.
Los jueces César Yaya, Gregorio Busse y Fernando Verón consideraron que el imputado es responsable penalmente por el delito homicidio agravado por la convivencia preexistente. Los fundamentos se darán a conocer el 22 de marzo.
El fallo fue en parte coincidente con el requerimiento del fiscal Vladimir Glinka, quien en sus alegatos pidió que Monzón fuera condenado a prisión perpetua, ampliando incluso la acusación por considerar que -a su criterio- le cabe la autoría del delito homicidio agravado por el vínculo y por alevosía. Este último agravante en razón que considera que la víctima fue apuñalada cuando estaba inconsciente en el piso.
«Él quería matarla, la asesinó y después comprobó que estaba muerta para deshacerse del cuerpo cómo basura», aseguró con firmeza.
En cuanto a la defensa del acusado, Miguel Ángel Varela solicitó la absolución alegando que se trató de «un hecho de legítima defensa».
Expresó que «era la vida de él o de ella», tras repasar los testimonios vertidos en el debate en los que interpetó que Horacelia había atacado a Monzón con un cuchillo. En menor medida se explayó sobre el hecho, atacando los testimonios de peritos forenses que hicieron la autopsia y el informe psiquiátrico.
Varela insistió que las heridas que tenía la acusada eran propias del desmembramiento de la víctima, algo que no se juzga porque ocurrió después de la muerte.
Los médicos habían señalado en la segunda audiencia que los golpes en la cara y los tres puntazos que tenía la víctima eran vitales -se hicieron cuando estaba con vida- porque se evidenciaba sangrado.
Como alternativa el defensor solicitó que los magistrados consideren la pena de exceso de legítima defensa o la menor pena por homicidio simple (8 años) y planteó en su alocución «la inconstitucionalidad de la prisión perpetua».
Asesinada y desmembrada
Cabe recordar que el brutal femicidio sucedió el 16 de agosto del 2015, en la vivienda que ambos compartían en Villa Cabello, con su bebé de siete meses por ese entonces.
Según testigos, eran una costumbre las discusiones en la casa de la pareja, pero en aquella oportunidad hubo un silencio repentino, algo inusual en otras peleas.
En pleno altercado Mozón le asestó al menos tres puñaladas sobre la humanidad de la joven lo que le provocó la muerte. Luego con el afán de no dejar rastros de lo sucedido desmembró el cuerpo, los puso en bolsas diferentes, trasladó las bolsas en el changuito del bebé y las arrojó a distintas alcantarillas de la zona Oeste de la capital provincial.
Luego de ello, denunció en la comisaría que su pareja, la adolescente de 16 años se había ausentado de la vivienda que compartían, dejándolo solo al cuidado de su hijo. Varios días después efectivos de la policía lograron encontrar los restos de la joven asesinada porque en prisión el sindicado femicida confesó el crimen.
Fuente, El Territorio.
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