La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de un aceite de oliva por estar «falsamente rotulado» y ser considerado «ilegal».
El producto en cuestión es el «Aceite de oliva extra virgen, Sabor Intenso, marca Colina del Rey RNE: 02-270637, RNPA: Expte: N° 02.645950 Origen Mendoza, Envasado por Casanova S.A.«.
El INAL respaldó la acción, enfatizando que cuando se trata de productos alimenticios que puedan contener trigo, avena, cebada o centeno (TACC) y que ostentan la leyenda «Libre de Gluten» y/o el símbolo «Sin TACC« sin tener la habilitación correspondiente, se debe prohibir su elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional.
Fuente, Ámbito.
Debe estar conectado para enviar un comentario.