Desde este lunes, a través del Decreto 194/2024, el Gobierno redujo el tope de ingresos para acceder a asignaciones familiares, modificando la Ley 27.160 que establece la movilidad de las AF.
“La movilidad se aplicará al monto de las asignaciones familiares y a la actualización de los límites y rangos de ingresos del grupo familiar que determinan el cobro, en los casos en que corresponde su utilización”, se dispuso.
En diciembre se habían aumentado los montos y el límite salarial que dan derecho a los trabajadores y otros beneficiarios a acceder a asignaciones familiares. En aquella oportunidad, siendo Sergio Massa ministro de Economía, el monto subió de $ 1.401.750 a $ 3.960.000 por grupo familiar. La intención, en ese momento, era que coincidiera con el piso del pago al Impuesto a las Ganancias. Las medidas del nuevo Gobierno dan por tierra con eso.
Con esta medida, el límite de ingresos establecido pasó de $1.980.000 a $1.077.403. En tanto, el tope máximo familiar pasó de $3.960.000 a $2.154.806.
El Gobierno fijó que “el límite de ingresos máximo correspondiente al grupo familiar referido en el artículo 1° del Decreto N° 1667 de fecha 12 de septiembre de 2012, aplicable a las personas titulares de los incisos a) y b) del artículo 1° de la Ley N° 24.714 y sus modificatorias, será el que resulte de duplicar el monto del tope máximo individual de ingresos previsto en el párrafo precedente”.
“El límite de ingresos previsto en el artículo precedente comprende la actualización prevista en la Ley N° 27.160 y sus modificaciones, en concepto de la movilidad que resulte corresponder para el mensual marzo de 2024″, se indicó en el decreto publicado esta madrugada en el Boletín Oficial, y que lleva la firma del presidente Javier Milei y de todos sus ministros.
Además, el Gobierno derogó el artículo de la ley que establecía que “no podrá un mismo titular recibir prestaciones del régimen de asignaciones familiares y a la vez aplicar la deducción especial por hijo o cónyuge prevista en el Impuesto a las Ganancias”.
Qué dice el decreto
“La presente medida tiene por objeto implementar una equitativa distribución de los recursos sobre la base del principio cardinal de solidaridad social en atención al uso racional, eficaz y eficiente de los recursos públicos”, destacó el Poder Ejecutivo.
En los considerando, se alertó que “la República Argentina se encuentra atravesando una situación de inédita gravedad, generadora de profundos desequilibrios que impactan negativamente en toda la población, en especial en lo social y económico”.
Amparándose en “la emergencia pública” que rige hasta el 31 de diciembre de 2025, Casa Rosada avanzó con la medida y señaló que “el Estado Nacional tiene, dentro de sus principales compromisos, la protección de los ciudadanos, garantizándoles las prestaciones de la seguridad social, priorizando en especial la inclusión y la atención de los grupos y personas que presentan mayores condiciones de vulnerabilidad, tal como se establece en la Constitución Nacional y en los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional”.
Y “que el Sistema de Seguridad Social es una herramienta indispensable para la redistribución de los recursos y sus procesos de modificación resultan una herramienta fundamental para asegurar que la cobertura alcance a la población para la cual se han diseñado las políticas públicas, actualizando las decisiones a la realidad imperante y tomando en consideración la sustentabilidad del régimen”, agregó el Poder Ejecutivo.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) ha intervenido sosteniendo que “el nuevo límite de ingresos del grupo familiar que determina el cobro de las Asignaciones Familiares se calculó al aplicar la movilidad correspondiente al mes de diciembre de 2023 y la establecida para el mes de marzo de 2024 sobre el valor correspondiente al mes de septiembre de 2023″.
Fuente, Primera Edición.