El Concejo Deliberante de Oberá aprobó la ordenanza para el control de actividades con metales no ferrosos en el municipio y la prevención de actividades delictivas que tengan que ver con estos elementos. La norma que tuvo el visto bueno de los ediles señala que la prevención y control de las actividades con metales no ferrosos resulta necesaria, debido a la falta de regulación de la actividad y la alta demanda.
Esto ha llevado a un aumento de ilícitos a fin de obtener estos materiales, ocasionando un perjuicio no solo al comercio, sino también a toda la comunidad. Las actividades comerciales con metales no ferrosos como ser desarmaderos, chatarrerías y depósitos, donde se lleva a cabo su comercialización, deben cumplir con una normativa que implique un orden y control de la actividad para así también dar respuesta a los reclamos de la comunidad en materia de seguridad.
Al respecto, la concejal María Luisa Glum indicó: “tenemos varias quejas y denuncias y es de público conocimiento que diferentes barrios han quedado sin energía eléctrica por estos ilícitos; pero investigando teníamos un vacío legal, entonces estamos trabajando en regular la compra y venta de estos materiales y estamos trabajando con diferentes concejales de municipios del Departamento, para poder aunar criterios y tener esta herramienta, esta normativa que regule la compra y venta de estos elementos”.
“Lo implementa el Poder Ejecutivo a través del área de finanzas, con un registro de comercios que se dediquen a la venta de estos materiales, con un registro de los que venden y de los que compran. El área de Finanzas va recorrer esos lugares que se dedican a esta comercialización, solicitando determinados requisitos, como ser factura de compra, factura de transporte y aquel comercio que no tenga las condiciones requeridas desde el Ejecutivo, obviamente tendrá su sanción”, adelantó la edil Glum.
El alcance de la normativa se extiende a toda persona física o jurídica, que realice actividades comerciales, de forma permanente o eventual, aun cuando no sea la actividad principal, con metales no ferrosos, cobre y aluminio en todos sus estados, sean estos establecimientos de venta, reducción, y fundición, fabricación de bienes que incorporen estos materiales, depósitos, chatarreras y toda actividad similar.