Poco después de las 8:30hs se abrió la primera jornada del juicio al exdiputado Germán Kiczka y su hermano Sebastián, quienes son juzgados por las causas de tenencia y distribución de Material de Abuso Sexual Infantil (MASI). La audiencia, al igual que las jornadas subsiguientes, se desarrolla en el Salón de Usos Múltiples del Edificio de Tribunales de la ciudad de Posadas, provincia de Misiones.
El Tribunal Penal Nº 1, integrado por los jueces Gustavo Bernie, Viviana Cukla y César Yaya (subrogante), tiene a su cargo el proceso. La fiscalía está representada por Martín Alejandro Rau, quien cuenta con la colaboración de Antonio Vladimir Glinka como fiscal de tribunal adjunto. La defensa de los imputados está a cargo de los abogados Gonzalo de Paula, en el caso del ex legislador, y Eduardo Paredes, en el de su hermano.
El proceso judicial, que se extenderá por doce jornadas, contará con sólo dos audiencias públicas: la de este lunes y la del miércoles 16 de abril, momento en el que se procederá a la lectura de la sentencia. Las audiencias públicas serán transmitidas en vivo a través de YouTube: https://www.youtube.com/@tribunalpenal1 ,
Durante esta primera jornada, se llevó a cabo la apertura y la lectura de las acusaciones en contra de Germán y Sebastián Kiczka. Además, se leyó la resolución dictada el 18 de marzo de 2025, en la que se establece la modalidad de desarrollo de cada una de las Audiencias de debate.
Resolución:
“Las presentes actuaciones en las que se han fijado fechas de debate para los días 31 de marzo, 1, 3, 4, 7, 8, 9, 10, 11, 14, 15 y 16 de abril del 2025 a partir de las 8.30hs en el Salón de Usos Múltiples (SUM) del Palacio de Justicia, ubicado en Av. Santa Catalina 1735 de la ciudad de Posadas.
Considerando que la causa en cuestión se refiere a delitos contra la integridad sexual previsto en el Título 3 del Código Penal con presuntas víctimas individualizadas y no individualizadas conforme lo establece el artículo 379 del Código Procesal Penal “El principio general de la publicidad y los debates orales” salvo las excepciones contempladas del artículo 380 del mismo Cuerpo normativo, entre las cuales se encuentran la posibilidad de restringir la publicidad cuando puede verse afectada la moral o la seguridad pública.
En este sentido corresponde armonizar el principio de publicidad de los actos jurisdiccionales, que garantiza el debido control ciudadano sobre el ejercicio de la función judicial, con la necesidad de resguardar la intimidad y dignidad de las personas involucradas en los hechos investigados.
Por su parte, la Ley 27.372 de Derechos y Garantías de las personas víctimas de delitos establece en su artículo 4 y 5 el derecho de las víctimas a un trato digno y respetuoso, evitando toda forma de revictimización.
En concordancia con lo anterior “las Reglas de Heredia” para la protección de víctimas y testigos en procesos penales disponen que deben minimizarse la exposición pública de quienes han sufrido delitos de índole sexual, incluyendo la restricción de la publicidad de ciertas audiencias y la anonimización de sus datos en las resoluciones judiciales y registros públicos del proceso.
En atención a lo expuesto resulta oportuno disponer una restricción parcial de la publicidad del debate, de modo que los actos de apertura, la lectura del requerimiento de elevación a juicio, la formulación de alegatos y la lectura del veredicto se llevan a cabo de manera pública mientras que el resto de las audiencias se desarrollen a puertas cerradas. Asimismo, corresponde ordenar la anonimización de los nombres de las presuntas víctimas en todas las resoluciones y registros públicos del proceso en cumplimiento de la normativa vigente.
Por las razones expuestas resuelvo:
1) Disponer que el juicio oral y público se desarrolle conforme al cronograma fijado, estableciendo que los actos de apertura, lectura del requerimiento de elevación a juicio, la formulación de alegatos y la lectura del veredicto serán públicos.
2) Disponer que el resto de las audiencias del debate se celebren a puertas cerradas, a fin de resguardar la intimidad y dignidad de las personas involucradas.
3) Ordenar la anonimización de los nombres de las presuntas víctimas en todas las resoluciones y registros públicos del proceso, en cumplimiento de la Ley 27.372 y las reglas de Heredia, garantizando su derecho a la privacidad y evitando su revictimización.”, se explicó desde la secretaria del Tribunal.
La secretaria del Tribunal Lucrecia Castillo dio lectura, además, del detalle de la prueba recogida por la investigación en la etapa de instrucción.
Tras la lectura por parte de la secretaría, intervinieron los fiscales de la causa y se realizó la presentación de los abogados defensores de los hermanos Kiczka. Posteriormente, la fiscalía presentó objeciones y pedidos de nulidad tras la exposición de la defensa.
Por su parte, la defensa solicitó la incorporación de todas las pericias presentadas y rechazó las objeciones formuladas por la fiscalía.
Al no haber más presentaciones preliminares, la presidencia del tribunal dio por concluida la jornada.
La segunda jornada comenzará este martes 1 de abril a partir de las 8:30hs y no será pública, conforme lo establecido por el Tribunal Penal Nº 1.
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