Luis Esquivel, director del CUCAIMIS, se refirió a los alances de la Ley 27.447. “La ley no autoriza a la familia a aceptar o negar la donación. Quien decide es cada uno de nosotros en vida, y ya no le cargamos a la familia con esa responsabilidad”, indicó
Confirmado el deceso de la mujer cuya familia radicó una denuncia oponiéndose a la donación de sus órganos, para lo cual argumentaron una presunta mala praxis, el juez de Instrucción Uno de Oberá, Pedro Piriz, ordenó que el cadáver sea sometido a autopsia para confirmar la causa de muerte.
Dicha proceso legal impidió la ablación, a pesar de que la ley vigente estipula que toda persona mayor de 18 años es donante, salvo que haya dejado constancia expresa de lo contrario, lo que no habría ocurrido en este caso.
Luis Esquivel, director El Centro Único Coordinador de Ablaciones e Implantes de Misiones (CUCAIMIS), se refirió a los alances de la Ley 27.447, conocida como la Ley “Justina”.
“Toda persona fallecida por muerte encefálica -en el caso de órganos- o fallecida por parada cardíaca -en el caso de tejidos- es donante, salvo que en vida exprese la negativa a la donación en el registro nacional del INCUCAI o en el RENAPER (Registro Nacional de las Personas)” a través del DNI, explicó.
Por esa razón, según el funcionario, “no se molesta a la familia para preguntarles si están dispuestos a donar órganos de un familiar fallecido, porque la ley no autoriza a la familia a aceptar o negar la donación. Quien decide es cada uno de nosotros en vida, y ya no le cargamos a la familia con esa responsabilidad”.
“Sin embargo, hay familias que no comprendieron la ley y se trata de acompañarlos en situación de duelo, siempre y cuando no intervengan terceros que a veces entorpecen el proceso”, agregó.
Necesaria contención
Consultado al respecto, Esquivel precisó que la justicia no tiene injerencia en el cumplimiento de la ley, a menos que se sospeche de una muerte violenta, lo que en puede requerir autopsia.
Sobre el caso de Oberá, aclaró que la mujer “falleció cuando se certificó su muerte encefálica; luego el cuerpo siguió en terapia intensiva, se deterioró, hizo la parada cardíaca y ya no sirve para ablación de órganos”.
Asimismo, subrayó que “la familia puede oponerse, pero según la ley la oposición no tiene valor legal”, al tiempo que agregó: “La mayoría de las familias argentinas están bien informadas y se salvan muchas vidas gracias a la ablación y el trasplante”.
El funcionario mencionó que en ocasiones el dolor por la pérdida de un ser querido y la incomprensión de la ley dificultan el proceso, por lo que desde el CUCAIMIS acompañan a las familias en tan difícil trance.
En tanto, instó a que “no se pierdan vidas porque no se comprende la ley o porque uno no haya podido salir de tanto dolor y desesperación”.
Fuente, Noticias de acá.
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