El Ejecutivo lo hizo a través del decreto 329/2017, publicado en el Boletín Oficial de la fecha y que lleva la firmas del presidente Mauricio Macri; del Jefe de Gabinete, Marcos Peña; y del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano.
La ley 27.362, aprobada el miércoles último por el Congreso Nacional, señala en el primero de sus tres artículos que “de conformidad con lo previsto en la ley 27.156, el artículo 7º de la ley 24.390 —derogada por ley 25.430— no es aplicable a conductas delictivas que encuadren en la categoría de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra, según el derecho interno o internacional”.
En su segundo articulado, la norma puntualiza que “el cómputo de las penas establecido en su oportunidad por el artículo 7° de la ley 24.390 -derogada por ley 25.430— será aplicable solamente a aquellos casos en los que el condenado hubiere estado privado de su libertad en forma preventiva durante el período comprendido entre la entrada en vigencia y la derogación de aquella ley”.
Finalmente, en su tercer punto, deja explícito que “lo dispuesto por los artículos anteriores es la interpretación auténtica del artículo 7° de la ley 24.390 -derogada por ley 25.430- y será aplicable aún a las causas en trámite”.
El miércoles, durante una conferencia de prensa en Mendoza, el presidente Macri había señalado que “estamos en contra de cualquier herramienta que facilite impunidad”, a la vez que remarcó su posición contraria a la norma en cuestión y también felicitó al Congreso Nacional “por la celeridad con que resolvió el tema del vacío legal que había dejado esa desafortunada ‘Ley del dos por uno”.