En la víspera se llevó adelante la lectura de los fundamentos del fallo del caso Selene, en el cual el Tribunal Penal Uno de esta localidad en diciembre condenó a 19 años de prisión a Rolando Lovera (33) y absolvió por el beneficio de la duda a Victoria Aguirre (24), madre de la pequeña.
El procedimiento judicial se realizó en la sede del mencionado Tribunal y se extendió desde las 12 hasta las 17, aproximadamente, lapso de tiempo en el cual se leyeron los fragmentos más importantes de un voluminoso escrito que superó las 300 páginas.
En el recinto del tribunal durante la jornada de ayer sólo estuvieron presente el condenado Lovera, acompañado por su abogado defensor, Martín Moreira, y algunos allegados suyos.
El escrito completo será entregado a las partes de forma completa y digitalizada durante la jornada de hoy y a partir de eso, tanto la defensa de Lovera como la fiscalía tendrán un plazo de diez días hábiles para presentar una casación al tribunal.
De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas por este matutino, en el extenso escrito los magistrados dejaron constancia que a la hora de dictar el veredicto tuvieron en cuenta los registros de la cámara de seguridad de la arenera en la cual trabajaba Lovera como prueba clave.
Cabe recordar que en un fragmento de la mencionada grabación se observa a Lovera con la pequeña Selene en brazos entrar y salir de un baño de la arenera donde él trabajaba durante un lapso de minutos en la madrugada del 29 de enero de 2015. Con este elemento, los magistrados entendieron que el hombre fue la última persona que estuvo con la niña con vida y por ende le atribuyeron la autoría del hecho.
En la ronda de alegatos, la defensa de Victoria Aguirre se había basado en ese mismo elemento para atribuir la autoría del hecho a Lovera en ese preciso momento en el que él recorre las instalaciones de la arenera y luego ingresa al baño.
En contrapartida, a su turno la fiscal Estela Salguero sostuvo que Selene fue asesinada en el garaje del predio, donde no había cámaras, y aseguró que el crimen fue cometido en forma conjunta por ambos imputados. Fue por eso que amplió la acusación, agregó alevosía a los cargos y pidió la prisión perpetua para Lovera y Aguirre.
Pero el Tribunal desacreditó la versión de la fiscalía y condenó sólo a Lovera. El grueso de las consideraciones y conclusiones de los magistrados Azucena García de González, Jorge Erasmo Villalba y Graciela Heppner se terminarán de conocer hoy, cuando el fallo entero esté a disposición de las partes.
En este sentido, el letrado Martín Moreira, a cargo de la defensa de Lovera, dialogó ayer con El Territorio, adelantó que presentará una casación una vez que se interiorice en la totalidad del escrito y criticó la prueba central sobre la cual decidieron los jueces.
“Lo que le dio la certeza a ellos fue la filmación de la cámara de seguridad de la arenera donde se lo ve a Lovera con Selene en brazos, pero eso él ya había declarado dos años atrás. Nunca negó eso. En su alegato la fiscalía, que es la que acusa, no habló de la cámara”, sostuvo Moreira.
Y agregó: “En el fallo no hicieron referencia a las pruebas planteadas por mí y la fiscalía. Omitieron, entre otras cosas, la mancha de sangre hallada en la casa de Erasmie y Sargento Cabral. Es como que el Tribunal hizo un alegato de parte y dictó sentencia con eso”.
El caso
Selene Aylén Aguirre, de dos años y cuatro meses de edad, ingresó sin vida al Hospital Samic el 29 de enero de 2015. La pequeña, que padecía calcificación en el cerebelo, lo que le provocó un retraso madurativo, presentaba un herida cortante en la cabeza y hematomas en varias partes del cuerpo.
Al tomar conocimiento de esto, la Policía de inmediato ordenó la detención de su madre y del concubino de ésta y en esa condición ambos llegaron al juicio oral y público que se desarrolló en diciembre del año pasado por segunda vez, ya que el primer debate debió ser suspendido ante una recusación del tribunal.
En el último debate, el Tribunal Penal Uno decidió condenar a Lovera a 19 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de homicidio, mientras que Aguirre fue absuelta por el beneficio del “in dubio pro reo” -beneficio de la duda- y ordenó su inmediata libertad.
Fuente: territoriodigital – Foto Luciano Ferreyra
Relacionado