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Prorrogan plazos para acogerse a la ventana jubilatoria y a la moratoria previsional del IPS

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📅 28/06/18 | 🕒 Lectura: 2 min

El Gobierno de la Provincia decidió prorrogar los plazos para que los afiliados del Instituto de Previsión Social (IPS) que reúnan los requisitos puedan acogerse a los programas especiales de jubilación denominados “Ventana Jubilatoria” y “Moratoria Previsional”.

En el caso de la Ventana Jubilatoria, se corre el plazo límite del 30 de junio al 31 de julio de 2018 y el plazo de la Moratoria Creativa que también vencía el último día del mes en curso se extenderá hasta el próximo 31 de diciembre.

Por disposición del gobernador Passalacqua, el titular de la cartera de Hacienda, Adolfo Safrán y el presidente del IPS, Carlos Arce analizaron y tomaron la decisión de ampliar estos plazos, dado la cantidad de interesados que manifestaron su deseo de utilizar estos sistemas que se ofrece para adelantar el pasaje de la rama activa a la pasiva, en el sistema provincial.

Estos programas están vigentes desde el año 2014, cuando el Gobierno de la provincia resolvió brindar estos beneficios previsionales que en lo atinente a la Ventana Jubilatoria ya tuvo más de 1750 casos resueltos y un número igual de trámites administrativos en camino de resolución a la fecha. Este régimen está cumpliendo con su cometido que era brindar la posibilidad a una gran parte de servidores públicos de acceder a su jubilación ordinaria con más un adicional compensador que incrementa su beneficio. La ampliación del plazo hasta el 31 de julio de 2018 se debe principalmente a la posibilidad de que los interesados puedan reunir la documentación pertinente y necesaria para sumarse al programa.

En cuanto a la Moratoria Previsional, cuya fecha límite de inscripción se extiende al 31 de diciembre de 2018, desde su puesta en marcha a la fecha accedieron al mismo y ya lo perciben más de 360 agentes y una suma superior se encuentra en la etapa administrativa para su cumplimiento.

Ambos regímenes se lleva adelante siempre manteniendo el equilibrio presupuestario, dejando en claro que la diferencia que se abona lo afronta el Poder Ejecutivo a través de Rentas Generales, sin que le cueste al Instituto de Previsión Social ni un peso extra de lo realmente presupuestado por aportes y contribuciones, para este organismo y para hacer frente al pago de todos los beneficios previsionales en tiempo y forma.