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La Cámara Federal de Posadas rechazó la apelación de Nación sobre desregulación del INYM

La desregulación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym) sigue generando rechazos en el sector productivo de la provincia. En ese marco, se conoció que la Cámara Federal de Posadas ratificó el fallo en primera instancia que anuló el artículo del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que determina la pérdida de funciones del […]

📅 9 de abril de 2024 | 🕒 Lectura: 2 min
La Cámara Federal de Posadas rechazó la apelación de Nación sobre desregulación del INYM

La desregulación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym) sigue generando rechazos en el sector productivo de la provincia. En ese marco, se conoció que la Cámara Federal de Posadas ratificó el fallo en primera instancia que anuló el artículo del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que determina la pérdida de funciones del organismo.

Como se recordará, el Estado nacional había apelado el fallo de la jueza Adriana Fiori, que avalaba la presentación de los pequeños productores de Misiones que solicitaban que se deje sin efecto la medida. En esa presentación, los yerbateros habían indicado que es inconstitucional el DNU firmado por el presidente Javier Milei. En esta oportunidad, la Cámara rechazó dicha apelación, dejó firme lo dictado por la magistrada posadeña y por ende, lo planteado por los productores. Ahora, el caso pasará a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que dirime las diferencias y dicte una sentencia.

La Cámara Federal indicó no apreciar que el Estado nacional “haya realizado la crítica concreta y acabada de las razones expuestas por la Magistrada de grado en cuanto a la suspensión de los efectos del DNU 70/23 con el fin de que no se modifiquen ni alteren, la estructura, funciones y atribuciones del INYM de conformidad con los textos legales vigentes antes del mencionado decreto, en cuanto deroga el art. 22 de la ley 25.564”.

Desde la producción se había hecho notar que con esta medida, las familias perderían los beneficios de salud y la posibilidad de acceder a medicamentos y tratamientos, entre otras medidas que afectarían al normal desarrollo de la zona rural.

La Cámara sostuvo además que “del extenso libelo recursivo por parte del Estado Nacional no surge elemento alguno que se pueda atender en esta instancia de apelación, puesto que el apelante expresa cuestiones que tienen que ver con la cuestión de fondo y no con el caso que aquí se analiza ni puntualmente, con la situación particular de los actores, a lo que no hace ninguna referencia”.

 

Fuente, El Territorio.