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ANSeS extiende la suspensión del pago de créditos para jubilados

La medida incluye a jubilados, pensionados y titulares de beneficios sociales, como la Asignación Universal por Hijo (AUH) El Gobierno suspendió hoy el pago de las cuotas de julio y agosto del Programa “Créditos ANSeS”, en el marco de la emergencia sanitaria. La medida incluye a jubilados, pensionados y titulares de beneficios sociales, como la […]

📅 6 de julio de 2020 | 🕒 Lectura: 3 min
ANSeS extiende la suspensión del pago de créditos para jubilados

La medida incluye a jubilados, pensionados y titulares de beneficios sociales, como la Asignación Universal por Hijo (AUH)

El Gobierno suspendió hoy el pago de las cuotas de julio y agosto del Programa “Créditos ANSeS”, en el marco de la emergencia sanitaria. La medida incluye a jubilados, pensionados y titulares de beneficios sociales, como la Asignación Universal por Hijo (AUH), que hayan tomado estos créditos.

La decisión se formalizó por medio de una resolución de la ANSeS, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

“Apruébese la suspensión del pago de las cuotas para los créditos vigentes por julio y agosto de 2020 del Programa Créditos ANSe , período durante el cual los beneficiarios alcanzados por esta medida no podrán solicitar el otorgamiento de nuevos créditos, debiéndose adoptar los recaudos operativos necesarios para su implementación”, según el texto oficial.

Además, se estableció que para los créditos otorgados a titulares de la AUH y Asignaciones Familiares, la suspensión de cuotas “dependerá que el menor por el cual se percibe la prestación no alcance durante ese lapso, la edad de 18 años, salvo discapacidad del menor, teniendo en cuenta que el cobro del beneficio se establece hasta la mayoría de edad, en cuyo supuesto no se aplicará dicha medida, aún si se ha otorgado con la inclusión de otros hijos menores de edad”.

La ANSeS dispuso también que la suspensión del cobro de las cuotas “quedará sujeta a la fecha de vencimiento del beneficio que perciben los titulares de prestación por invalidez”.

El organismo exceptuó del límite de edad máxima establecido en las condiciones de acceso a los créditos que se considera para los beneficiarios a la fecha de finalización del pago de los préstamos, a los tomadores que se encuentren alcanzados por la suspensión del cobro de cuotas, según sean titulares de prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), Prestaciones No Contributivas de Vejez, Invalidez y Madres de más de 7 hijos y Pensión Universal al Adulto Mayor (PUAM).

La Ley N° 24.241 permite el otorgamiento de créditos a beneficiarios del SIPA por hasta un máximo del 20% de los activos totales del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) y a titulares de prestaciones por hasta un máximo del 5% de los activos totales del FGS.

Fuente: Agencia de Noticias NA