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Nación autorizó aumentos para las facturas de marzo de internet, cable y telefonía fija

El Gobierno Nacional autorizó nuevos aumentos para los servicios de internet, televisión por cable y telefonía fija, que empezarán a regir el mes próximo. Luego de que el pasado sábado el Poder Ejecutivo haya permitido un incremento en la telefonía móvil de hasta un 7,5% para febrero y un 2,5% para marzo, este martes se […]

📅 23 de febrero de 2021 | 🕒 Lectura: 4 min
Nación autorizó aumentos para las facturas de marzo de internet, cable y telefonía fija

El Gobierno Nacional autorizó nuevos aumentos para los servicios de internet, televisión por cable y telefonía fija, que empezarán a regir el mes próximo.

Luego de que el pasado sábado el Poder Ejecutivo haya permitido un incremento en la telefonía móvil de hasta un 7,5% para febrero y un 2,5% para marzo, este martes se incluyó al resto del sector de las telecomunicaciones.

El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), a través de la Resolución 204/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial, estableció que las licenciatarias de Servicios de Telefonía Fija (STF), podrán incrementar el valor de sus precios minoristas en marzo de 2021 “en hasta un cinco por ciento (5%)”.

Mientras que las empresas prestadoras de acceso a internet podrán hacer lo propio según el siguiente esquema: a) Planes que ofrecen hasta 50 Mbps de velocidad de bajada, Segmento Hogar, de prestadores de SVA-INT con menos de 100 mil accesos totales: hasta un 7%; b) Planes que ofrecen hasta 50 Mbps de velocidad de bajada, Segmento Hogar, de prestadores de SVA-INT con 100 mil accesos totales o más: hasta un 5%; c) Planes que ofrecen 50 Mbps o más de velocidad de bajada, Segmento Hogar: hasta un 7,5%; d) Planes Corporativos: hasta un 7,5%.

Por otra parte, los abonos de televisión por cable residenciales, ya sea en la modalidad pospaga o prepaga, el aumento permitido es: a) Planes ofrecidos por prestadores de Servicios de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico o Radioeléctric (SRSVFR) con menos de 100.000 accesos totales: hasta un 7%; b) Planes ofrecidos por prestadores de SRSVFR con 100 mil accesos totales o más: hasta un 5%; c) Planes o paquetes de servicios digitales de señales a demanda y otros adicionales “Premium”: hasta un 7,5%.

En el caso de servicios de televisión satelital, el incremento en el abono será: a) de hasta cinco por ciento para prestadoras con menos de 200 canales; 7,5% para prestadoras de 200 o más canales; y de hasta un 7,5% en el caso de planes o paquetes de servicios digitales de señales a demanda y otros adicionales “Premium”.

El ENACOM aclaró que los incrementos autorizados sólo podrán ser aplicados por aquellas Licenciatarias que hubiesen cumplimentado las disposiciones en las que se permitieron las anteriores actualizaciones tarifarias. No obstante, los aumentos no alcanzan a los precios de las Prestaciones Básicas Universales (PBU), planes subsidiados que lanzó el Gobierno a fines del año pasado destinado a jubilados, desocupados y beneficiarios de AUH, entre otros.

El año pasado, en medio de la cuarentena, el Gobierno congeló el precio de los servicios de telecomunicaciones y prohibió hasta fin de 2020 el corte de los mismos por falta de pago. Ya en 2021, se permitió un aumento general del 5% para enero, y otro de hasta el 7% en febrero para aquellas empresas que posean menos de cien mil accesos totales. Desde el sector cooperativo y PYME que ofrece fundamentalmente este tipo de servicios le planteó al Ejecutivo la necesidad de una nueva actualización tarifaria.

“Desde el ENACOM se pretende una sinergia regulatoria respecto de los precios que convoque la realidad que las TIC y la TV Satelital representan no sólo como un portal de acceso a la salud, el trabajo, a la educación, a la justicia, a la seguridad, al conocimiento, a la información y al entretenimiento, sino considerando su incidencia fundamental en la construcción del desarrollo económico y social”, se manifestó desde el ente dirigido por Claudio Ambrosini, al tiempo que se remarcó la definición de “una política de precios razonable y dinámica”.

“Admitir un precio irrazonable implicaría una afectación a una gran parte de la sociedad, pretendiendo detraer una proporción excesiva de los ingresos de los usuarios y usuarias, perjudicando su accesibilidad y los derechos fundamentales que las TIC en general permiten satisfacer, máxime durante la pandemia, donde ha quedado demostrado cabalmente que sólo a través del uso de tales tecnologías fue posible esa satisfacción”, se agregó y se indicó que “no es intempestivo recordar que los sucesivos incrementos que se autorizan, son la herramienta más justa, razonable y asequible para todos los actores involucrados, en función de proyectar una salida gradual del congelamiento de precios instaurado hasta diciembre de 2020″.

Fuente: Infobae