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El Defensor del Pueblo de la Nación inició medidas para salvar el proyecto de proteger el Patrimonio Cultural Inmaterial, medida adoptada por UNESCO

El Defensor del Pueblo de la Nación inició una actuación de oficio para investigar las medidas adoptadas por el Estado nacional a fin de proteger el Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación, de acuerdo a lo establecido por la UNESCO en 2003. Pese a haber transcurrido ya más de una década desde la ratificación de […]

📅 25 de septiembre de 2019 | 🕒 Lectura: 3 min
El Defensor del Pueblo de la Nación inició medidas para salvar el proyecto de proteger el Patrimonio Cultural Inmaterial, medida adoptada por UNESCO

El Defensor del Pueblo de la Nación inició una actuación de oficio para investigar las medidas adoptadas por el Estado nacional a fin de proteger el Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación, de acuerdo a lo establecido por la UNESCO en 2003.

Pese a haber transcurrido ya más de una década desde la ratificación de la «Convención para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial», adoptada por la UNESCO, por parte de la República Argentina se han advertido falencias frente a las obligaciones contraídas mediante ese acto, entre ellas la falta de sanción de una Ley Nacional que establezca un régimen de protección del mismo.

Por otro lado, presentaciones realizadas por nuestro país para inscribir en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad  bienes como el «Chamamé» han tropezado con la exigencia del organismo internacional de que los mismos se encuentren debidamente relevados en el correspondiente Inventario y que la iniciativa cuente además con el consentimiento informado de la comunidad portadora, atendiendo al derecho de participación en la cultura tal como lo establece el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Se hace entonces imperativo y urgente establecer la normativa que impulsen las políticas públicas de protección del PCI argentino incluyendo la elaboración del inventario y acciones complementarias como fomentar la investigación y adoptar las medidas de orden jurídico, técnico, administrativo y financiero adecuadas incluyendo la sensibilización, educación y fortalecimiento de las capacidades en materia de salvaguarda con la más amplia participación de las comunidades, grupos o individuos portadores de los bienes culturales.

Por ello, y visto el rol de colaborador activo que ha asumido el Defensor del Pueblo de la Nación en tanto Institución Nacional de Derechos Humanos y dentro del Programa de Seguimiento y Evaluación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Agenda 2030, se ha formulado un anteproyecto de Ley de Presupuestos Mínimos de Protección del Patrimonio Cultural Inmaterial y la implementación del Inventario Nacional.

La misma entiende por «Patrimonio Cultural Inmaterial»  las tradiciones, conocimientos y creencias; las músicas, técnicas artesanales, juegos y relatos narrados de generación en generación; rituales o maneras de hacer, nombrar, producir y celebrar que forman parte de la identidad cultural de una comunidad, que se continúan practicando y que son transmitidas a las siguientes generaciones para reforzar su sentido de pertenencia.

Asimismo propone la creación del Inventario Nacional del Patrimonio Cultural Inmaterial a través del cual se relevarán las expresiones del mismo en todo el territorio de la Nación, a los fines de integrar toda la información necesaria para su adecuada salvaguardia.