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Hermanos de Candelaria: un drama de abandono con final esperanzador

Final feliz para dos hermanitos que estuvieron envueltos en una dramática historia. Atrás quedaron  los días oscuros; las jornadas interminables de encierro y soledad. El caso de los hermanos de Candelaria, una niña y un varón de 5 y 8 años respectivamente, salió a la luz a fines de enero tras una denuncia por abandono […]

📅 24 de abril de 2019 | 🕒 Lectura: 5 min
Hermanos de Candelaria: un drama de abandono con final esperanzador
Final feliz para dos hermanitos que estuvieron envueltos en una dramática historia. Atrás quedaron  los días oscuros; las jornadas interminables de encierro y soledad.
El caso de los hermanos de Candelaria, una niña y un varón de 5 y 8 años respectivamente, salió a la luz a fines de enero tras una denuncia por abandono que realizó un vecino de la zona. Una vez que la situación tomó estado público comenzó el trajín administrativo y judicial. Fue el abogado Federico Esquivel quien tomó contacto con Cristian M., padre biológico de la niña y padre del corazón de niño, e intervino ad honorem para garantizar el derecho a la familia que le corresponde a cualquier niño.
El capítulo más reciente de sus vidas se escribió el pasado miércoles 17 cuando se logró, a través de una instancia de mediación, que ambos chicos estén bajo la tutela del padre.
Tras una etapa de investigación y entrevistas y con el consentimiento explícito de la madre, se resolvió que los dos hermanitos lleven el apellido del papá, de hecho al varón ya le fue tramitado un nuevo DNI. La firma de los progenitores quedó plasmada en el Centro Judicial de Medicación de (Cejume) dependiente del Poder Judicial de Misiones.
En su argumentación, el tiempo que duró la etapa investigativa, Cristian M. señaló que estuvo en pareja con la mujer denunciada por abandono durante ocho años, en tanto se había separado de ella hace dos. No obstante, según su relato, visitaba a los niños cada fin de semana ya que se había mudado al municipio de Corpus, donde reside en la actualidad y por ende donde estará con sus niños.
“Se logró el marco legal para que el papá tenga los cuidado personal de los chicos, lo que se conoce como la ‘tenencia’”, sostuvo Esquivel en diálogo con El Territorio a lo que agregó: “Tiene tiempo para estar con los chicos, ellos están mejor con el papá. Ahora están yendo a la escuela pero el año pasado habían abandonado”.
Además, Cristian aseguró ante las autoridades competentes que cuenta con trabajo para garantizar el bienestar de los niños, así como también su familia se organizó para ayudar a cuidarlos mientras él esté fuera de casa.

Ahora, los hermanitos comienzan otra etapa de su infancia. En otro lugar, otro barrio, otra escuela. Este nuevo inicio representa la reivindicación de un derecho: el derecho de todo niño a crecer en una familia.

Escenario
Responsabilidad parental

Por Marcelo SussiniDefensoría de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

El cuidado de una niña, niño o adolescente hoy en día recae en cabeza de ambos progenitores. Y este cuidado es una faceta inmersa en lo que hace a la responsabilidad parental. Ya no son los adultos quienes tienen derechos sobre sus hijos/as, sino que son los niños, niñas y adolescentes quienes tienen el derecho a ser cuidados y protegidos por sus familias, en particular por sus progenitores. Claro que hay distintas circunstancias de la vida que llevan a que los progenitores no se hallen conviviendo junto a sus hijos (divorcios, separación de hecho, etcétera); y es allí donde surgen los conflictos entre quien asumirá ese rol de cuidado personal que la niña, niño o adolescente se merece. La Convención de los Derechos del Niño -con jerarquía constitucional-, destaca en su preámbulo un principio fundamental: “que el niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión”. De aquí se desprende el nuevo paradigma, en lo que refiere a una mirada desde una perspectiva de derechos. Actualmente, el artículo 638 del Código Civil de la Nación, establece que “la responsabilidad parental es el conjunto de deberes y derechos sobre la persona y bienes del hijo, para su protección, desarrollo y formación integral”.

Se fija además, como principios que rigen dicha figura, el interés superior del niño; la autonomía progresiva de éste y el derecho del niño a ser oído. Ya no son más las viejas potestades que tenían los adultos por encima de sus hijos, donde éstos eran considerados como objetos de disposición y no sujetos de derecho que necesitan un acompañamiento. No interesan las condiciones personales de los adultos, como eje principal para determinar el cuidado de un niño o adolescente; la clave está en ver qué es lo mejor para ellos, cuál es su interés superior.