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La UDPM firmó convenio con Salud Pública y Educación para capacitación de transplante y donación de órganos

La UDPM firmó convenio con Salud Pública y Educación para capacitación de transplante y donación de órganos   Para promover el desarrollo de temas educativos, sanitarios, la capacitación y actualización correspondiente; se llevó a cabo la firma de un convenio marco entre la Unión de Docentes de la Provincia de Misiones (UDPM), Ministerio de Salud […]

📅 13 de noviembre de 2018 | 🕒 Lectura: 4 min
La UDPM firmó convenio con Salud Pública y Educación para capacitación de transplante y donación de órganos

La UDPM firmó convenio con Salud Pública y Educación para capacitación de transplante y donación de órganos

 

Para promover el desarrollo de temas educativos, sanitarios, la capacitación y actualización correspondiente; se llevó a cabo la firma de un convenio marco entre la Unión de Docentes de la Provincia de Misiones (UDPM), Ministerio de Salud Pública y Ministerio de Educación.

La firma se realizó en el marco de la Ley Justina, aprobada recientemente en Nación, que marca un antes y un después en la donación de órganos, donde todas las personas son donantes, salvo que hubieran expresado su voluntad contraria. Dicha firma fue en la mañana de este martes en el edificio del Ministerio de Salud Pública entre la secretaria general de la UDPM, Stella Maris Leverberg; el ministro de Salud, Walter Villalba y la ministra de Educación, Ivonne Aquino, y donde también participó el Director del CUCAIMIS, Richard Malan y el presidente del CGE, Mauricio Maidana.

“La UDPM siempre va a estar a disposición, el esfuerzo compartido es lo que nos potencia y permite llevar adelante las políticas públicas. Somos una organización que está dispuesta y sobre todo en tema de educación y salud. Agradecemos tenernos en cuenta para poder avanzar y así encontrar la forma de enfrentar las distintas situaciones, sobre todo las que se viven en las escuelas que es donde se inicia todo. En eso vamos a hacer hincapié”, resaltó la titular de la UDPM.

“Sobre el tema de donación de órganos, queremos trabajar conociendo, ver como podemos colaborar en el compromiso con la vida, avanzar y profundizar los conocimientos para dar certeza de tranquilidad a los familiares que pierden un ser querido”, explicó Leverberg.

Asimismo dijo que “venimos trabajando con el director del CUCAIMIS, Richard Malan en talleres, en toda la provincia y más adelante queremos trabajar en una Diplomatura Superior para que los referentes accedan a formación específica y así poder cumplir una ley con compromiso”.

En tanto el ministro resaltó el trabajo de la UDPM en la política pública y llevar adelante este trabajo de cooperación. “Agradecemos al gremio de la manera que viene trabajando en las charlas con el director del CUCAIMIS; debemos resaltar esa labor de los docentes y es por eso que el trabajo en conjunto da frutos, sobre todo en un tema tan delicado”, destacó Villalba.

Cláusulas del convenio firmado:

CLÁUSULA PRIMERA: El presente Convenio tiene por objeto establecer un marco amplio de cooperación en actividades de mutuo interés de trascendencia educativa, sanitaria, científica, social y cultural.

CLÁUSULA SEGUNDA: “LAS PARTES” se comprometen a llevar adelante todas aquellas acciones tendientes a facilitar los trámites necesarios para dar cumplimiento al presente Convenio.

CLÁUSULA TERCERA: A los fines de la ejecución del presente y en los casos que resulte necesario “LAS PARTES” se comprometen a confeccionar y suscribir Protocolos Específicos y Actas Complementarias en los que se establecerá el Cronograma de las actividades a desarrollar y las responsabilidades asumidas por cada una de ellas, pudiendo designar a tales efectos un Representante Técnico por cada una de “LAS PARTES”.

CLÁUSULA CUARTA: Las diferencia que pudieran suscitarse con motivo de la interpretación y ejecución del presente Convenio, serán resueltas por mutuo acuerdo entre las partes.

CLÁUSULA QUINTA: El presente convenio entrará en vigencia al día inmediato hábil siguiente al de su firma y regirá hasta 01 de diciembre de 2019, pudiendo renovarse automáticamente por un período de un año, salvo que medie manifestación en contrario de alguna de las partes.

CLÁUSULA SEXTA: Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula anterior, en cualquier momento cualquiera de las partes podrán manifestar a las otras su voluntad de rescindir el presente, para lo cual será necesario una comunicación fehaciente con una anticipación no menor a los treinta (30) días corridos.