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POSADAS: Quedó prohibida la venta o uso de pirotecnia sonora

Concejales aprobaron la ordenanza que declara a la ciudad de Posadas “Territorio Libre de Artículos de Pirotecnia con Efecto de Alto Impacto Sonoro”. En la sesión de este jueves, se incorporó el dictamen de ordenanza que fue tratado en las Comisiones de Salud Pública, Medio Ambiente y Discapacidad; Legislación General, Régimen del Empleado Municipal y […]

📅 25 de junio de 2020 | 🕒 Lectura: 2 min
POSADAS: Quedó prohibida la venta o uso de pirotecnia sonora

Concejales aprobaron la ordenanza que declara a la ciudad de Posadas “Territorio Libre de Artículos de Pirotecnia con Efecto de Alto Impacto Sonoro”.

En la sesión de este jueves, se incorporó el dictamen de ordenanza que fue tratado en las Comisiones de Salud Pública, Medio Ambiente y Discapacidad; Legislación General, Régimen del Empleado Municipal y Enjuiciamiento; y de Hacienda y Presupuesto.

Durante los tratamientos, los ediles han considerado los proyectos de Ordenanza del concejal Pablo Velázquez y el intendente Municipal, Leonardo Stelatto donde proponían prohibir el uso y comercialización de artículos de pirotecnia y todo producto similar destinado a provocar ruidos mediante detonaciones.

De esta  manera, quedó aprobada la normativa en la jornada de hoy.

Entre los principales puntos se detalla que “se entiende como artículos de Pirotecnia con Efecto de Alto Impacto Sonoro a todos los artefactos destinados a producir efectos de alto impacto sonoro mediante mecanismos de detonación, deflagración, combustión o explosión”. 

Por lo tanto, queda prohibido en Posadas, el depósito, tenencia, exhibición, comercialización, uso, distribución y expendio al público y venta ambulante en la vía pública, de artículos de pirotecnia con Efecto de Alto Impacto Sonoro, cualquiera fuera su característica y naturaleza”.

Además, se establece que “se permite la fabricación, depósito, transporte, tenencia, exhibición, comercialización, manipulación, uso, distribución y expendio al público de artefactos de pirotecnia que produzcan únicamente efectos lumínicos y fumígenos, libres de Efecto de Alto Impacto Sonoro”. 

En lo que respecta a las sanciones, se detalla que “el incumplimiento a la presente Ordenanza dará lugar a las siguientes sanciones: multas, decomiso de la mercadería, clausura de los locales; entre otros. 

En tanto se permitirá, la realización de eventos y/o espectáculos especiales con artefactos de pirotecnia que produzcan efectos lumínicos y aquellos con bajo impacto sonoro.

Pablo Velázquez, uno de los autores de los proyectos, señaló que “la ordenanza que se aprueba es un llamado a la empatía que es tan necesaria en la sociedad”.

A la vez, agregó que “ojalá que podamos seguir trabajando con conjunto y consenso”.

FUENTE PRIMERA EDICIÓN