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Una por una: las nuevas medidas que rigen para las fronteras y el ingreso desde el exterior

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📅 26/06/21 | 🕒 Lectura: 4 min

El Gobierno reforzó las restricciones en torno al ingreso de personas desde el extranjero con el fin de demorar retrasar todo lo posible la circulación interna de la variante Delta del coronavirus que ya circula en otros países.

En ese contexto, mediante una decisión administrativa que rige hasta el 9 de julio se dispuso una serie de medidas para las fronteras, que continuarán cerradas al turismo y se acotó el cupo para el ingreso diario de pasajeros a través del Aeropuerto de Ezeiza.

A continuación, los puntos principales:

  • Las fronteras continúan cerradas al turismo. Todo aquel que no sea argentino y quiera ingresar al país con el propósito de hacer turismo no podrá hacerlo.
  • Continúan suspendidos los vuelos provenientes de Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; Chile; Brasil; India; Paises africanos y Turquía.
  • Se fija un cupo de 600 pasajeros diarios para el ingreso al país.
  • Quienes regresen del exterior entre el 1 de julio y el 31 de agosto, están obligados a aislarse en los lugares que determinen los gobiernos provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires, durante 10 días, contados desde el testeo realizado en el país de origen.
  • La estadía en los lugares de aislamiento estará a cargo del pasajero.
  • Se controlará el cumplimiento del aislamiento y se radicarán denuncias penales en caso de verificarse una infracción, de acuerdo con los artículos 205 y 239 del Código Penal (violación a medidas contra epidemias y desobediencia a autoridad pública) que establecen sanciones de prisión de entre seis meses y dos años, para el primer caso, y de entre 15 días y un año, para el segundo.
  • Los viajeros deberán hacerse un testeo para poder abordar el avión con destino a la Argentina. Además, deberán hacerse un testeo al llegar al país y otro al séptimo día de ingreso.
  • Quienes resulten negativos, al ingreso al país, deberán cumplir con el aislamiento en los lugares que dispongan los gobierno provinciales y de la Ciudad y deberán realizar un nuevo test para finalizarlo.
  • En caso de resultar positivos, al ingreso al país deberán realizar otro testeo de secuenciación genómica y, junto con sus contactos estrechos, cumplir con el aislamiento en los lugares que indiquen las autoridades nacionales, hasta su traslado seguro a la residencia si correspondiera.
  • El costo de los testeos y la estadía en los lugares de aislamiento estarán a cargo del pasajero.
  • Asimismo, el viajero/a deberá declarar los lugares en donde estuvo los últimos 14 días previos al reingreso al país.
  • Para el ingreso autorizado como excepción por Migraciones, a través de pasos terrestres, la jurisdicción provincial deberá disponer corredores seguros.
  • Los extranjeros no residentes que ingresen a desarrollar trabajos esenciales, con autorización de Migraciones, deberán cumplir con la cuarentena.
  • Las provincias deberán controlar el cumplimiento del aislamiento de las personas ingresadas desde el exterior.

NUEVOS REQUISITOS PARA TRANSPORTISTAS Y TRIPULACIONES

  • Terrestres: los extranjeros y nacionales deberán contar con testeo de Covid negativo que tendrá una vigencia de siete días de realizado.
  • Buques: los extranjeros deberán permanecer embarcados y no contarán con relevo en el país; los nacionales, realizar un testeo de antígenos dentro de las 72 horas de ingreso.
  • Aéreos: los extranjeros deberán movilizarse bajo modalidad burbuja en el país y cumplir los protocolos sanitarios; los nacionales, realizar testeos de antígenos como mínimo cada 15 días o menos.
  • Se recomienda a todos los argentinos/as y residentes no viajar al exterior, especialmente a aquellos que integran los grupos de riesgo.
  • Continúan suspendidos los viajes internacionales grupales, de egresados y egresadas, jubilados y jubiladas, de estudio, para competencias deportivas no oficiales; de grupos turísticos y de actividades recreativas y sociales, en forma genérica.

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