Cargando noticia...

TITULARES El Concejo Deliberante autorizó el llamado a licitación para la explotación gastronómica en el Jardín de los Pájaros y el Salto Berrondo Cómo el seguro de viaje internacional mejora tu experiencia en el exterior El Concejo Deliberante declaró de Interés Público Municipal la actividad “Todos contra el Abuso Infantil” Servicios públicos para el feriado largo Oberá: Gestión Ambiental y Turismo Sustentable, la nueva impronta para la Temporada de Verano El Concejo Deliberante convocó a Audiencia Pública para evaluar la tarifa del transporte urbano en Oberá Caída masiva de internet: Cloudflare falla y afecta a millones de usuarios Oberá Integrada: Se presentó el Plan integral de asfaltado Urbano 2026/2027 que proyecta 500 cuadra Asfaltan calle Berutti, el primer paso del Plan integral de asfaltado Urbano Qué tener en cuenta antes de comprar un aire acondicionado portátil El Parque Vial trabaja en diferentes zonas de la ciudad Elección Departamental de Rey y Reina Estudiantil Oberá 2025 Apertura y colocación de tubos en calle Eric Ricardo Barney La CELO llama a Asamblea Electoral de Distritos Un jubilado obereño denunció que su yerno le robó más de 10 millones de pesos Policías de Guaraní recuperaron objetos robados y demoraron a dos menores Un joven sufrió una fractura al caer desde un puente en Oberá Hassan partició del Té solidario del Hogar de Madres en Tránsito Manos a la Obra: Esta semana estará en villa Martos Cierre del Ciclo de Charlas 2025 con música y emoción

Menú

Búsqueda

Economía

La AFIP reglamentó el régimen de registro de contratos de alquiler: entrará en vigencia desde el 1° de marzo

Tv En VIVO Seguinos en Google Noticias Los contratos de alquiler celebrados a partir del 1° de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como aquellos concretados durante marzo de 2021, gozarán de un plazo excepcional. La AFIP reglamentó el régimen de registración de contratos de alquiler previsto en la Ley 27.551, se informó oficialmente. La medida entra en vigencia a […]

📅 18/02/21 | 🕒 Lectura: 3 min

Los contratos de alquiler celebrados a partir del 1° de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como aquellos concretados durante marzo de 2021, gozarán de un plazo excepcional.


La AFIP reglamentó el régimen de registración de contratos de alquiler previsto en la Ley 27.551, se informó oficialmente. La medida entra en vigencia a partir del 1° de marzo pero habrá excepciones para los contratos celebrados a partir del 1° de julio de 2020 y que continúen vigentes.

 

«La herramienta permitirá obtener información relevante para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los sujetos intervinientes en distintas operaciones», explica un comunicado del organismo que dirige Mercedes Marcó del Pont.

 

contratos de alquileres

La medida regirá desde el 1° de marzo.

 

Quienes asuman el carácter de locadores o arrendadores en los contratos quedan de esta forma obligados a la registración de la operación. Los intermediarios (corredores, inmobiliarias y escribanos) podrán hacer el registro en representación de sus clientes, aclaran.

 

Entra en vigencia a partir del 1° de marzo. Los contratos celebrados a partir del 1° de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como aquellos concretados durante marzo de 2021, gozarán de un plazo excepcional para su registración hasta el 15 de abril de 2021, inclusive.

 

Según la normativa de la AFIP el nuevo régimen alcanza los siguientes contratos: locaciones de bienes inmuebles urbanos, arrendamientos sobre bienes inmuebles rurales, locaciones temporarias de inmuebles –urbanos o rurales- con fines turísticos, de descanso o similares, locaciones de espacios o superficies fijas o móviles -exclusivas o no- delimitados dentro de bienes inmuebles como locales comerciales y/o “stands” en supermercados, hipermercados, shoppings, centros, paseos o galerías de compras, etc.

 

El organismo que dirige Mercedes Marcó del Pont explicó en un comunicado que todos los contratos deberán ser informados en forma digital ingresando con Clave Fiscal en afip.gob.ar al servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI – CONTRIBUYENTE”.

 

«Los sujetos obligados deberán proporcionar datos vinculados a su rol de locador, a la identificación del inmueble y del resto de los intervinientes» explica el organismo. Además, deberá adjuntar en un archivo “.pdf” o “.jpg” el contrato.

 

El plazo para informar estas operaciones, tanto para cuando se suscriba el contrato de locación o arrendamiento, o para cuando se modifique uno ya existente, será dentro de los 15 días corridos posterior al acto.

 

«Cuando en los contratos celebrados intervengan intermediarios, éstos podrán registrarlos en representación de los locadores o arrendadores. En el caso de un condominio, la registración de los contratos por parte de cualquiera de los condóminos libera de la obligación al condominio y a los restantes condóminos, siempre que se haya informado a la totalidad de sus integrantes» informó AFIP.

 

La resolución establece sanciones para quienes incumplan y no presenten la información requerida dentro del régimen de registración de contratos de locación de inmuebles.

 

Asimismo la ley N° 27.551 dispuso que, cuando se inicien acciones judiciales a causa de la ejecución de un contrato de locación, previo a correr traslado de la demanda, el juez debe informar a la AFIP sobre la existencia del contrato. El sistema para las comunicaciones judiciales se encontrará disponible a partir del 15 de abril de 2021.


Fuente: Ámbito