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Los juguetes incautados debieron ser destruidos por su toxicidad, aclara el Juzgado Federal de Oberá

Tras la polémica generada debido a la destrucción de juguetes incautados por la Aduana en 2017, el Juzgado Federal de Oberá aclara que se dispuso la medida en virtud de la toxicidad de la mercadería y el peligro que representa la misma a la salud de los niños y niñas, por lo que existe una […]

📅 6 de julio de 2021 | 🕒 Lectura: 4 min
Los juguetes incautados debieron ser destruidos por su toxicidad, aclara el Juzgado Federal de Oberá

Tras la polémica generada debido a la destrucción de juguetes incautados por la Aduana en 2017, el Juzgado Federal de Oberá aclara que se dispuso la medida en virtud de la toxicidad de la mercadería y el peligro que representa la misma a la salud de los niños y niñas, por lo que existe una prohibición legal de donarlos.

En los últimos días se difundió por distintos medios y redes sociales la indignación pública por la destrucción de juguetes incautados en una causa penal por parte de la Aduana, en virtud de una autorización judicial dictada por este Juzgado, cuestionándose por qué no se le dio en donación esta mercadería a organizaciones o lugares en los cuales puedan recibirla niños y niñas para jugar.

El titular del Juzgado Federal de Oberá, Dr. Alejandro Gallandat, al ser consultado hoy al respecto de esta situación por un medio de comunicación, manifestó: soy el mayor interesado en tratar de darle un destino solidario a la mercadería incautada por delitos, fui integrante de una ONG que se llama Grupo Solidario y que justamente intenta que puedan canalizarse donaciones a instituciones de bien público u organismos del Estado, pero en este caso ponía en riesgo la salud de los niños y niñas que podrían ser beneficiarios y la ley prohíbe su donación, por eso se puso a disposición de la Aduana para que le diera el destino que correspondía”. Agregó también que “en numerosas oportunidades se dispuso la donación o entrega de mercadería, herramientas o hasta vehículos que podrían tener utilidad pública. Es algo que se tiene en cuenta cuando no puede ser subastado el bien, pero en este caso no era posible dada la posible afectación de la salud pública y justamente de niños y niñas”.

Al respecto, el Juzgado aclaró que, mediante Nota 129/2021 de fecha 15 de junio de este año, la Aduana de Posadas solicitó la posibilidad de disponer de la mercadería, ya que no resultaba apta para su donación atento a resultar tóxica la composición química de su material, y porque, por su volumen, ocupaba mucho espacio en el lugar donde se encontraba.

La mercadería había sido incautada por personal de la Comisaría de Corpus dependiente de la Policía de la Provincia de Misiones en el año 2017 y era producto de una maniobra delictiva de encubrimiento de contrabando, tratándose de mercadería extranjera que había ingresado al país de manera ilegal, no cumplía con los controles legales y estándares de calidad y salubridad requeridos para su destinación al consumidor local.

En efecto, conforme a la Resolución Nº583/2008 del Ministerio de Salud de la Nación, la introducción de este tipo de mercaderías se encuentra prohibida por la Aduana, dado que puede contener “ftalatos” entre otros materiales químicos tóxicos, los cuales pueden producir cáncer, mutaciones genéticas o afectar el sistema reproductivo (conforme a estudios científicos producidos por la Unión Europea, de Estados Unidos y el Reino Unido, citadas en dicha Resolución) y por lo tanto no son aptos para su donación, teniendo en cuenta que este tipo de juguetes pueden ser introducidos en la boca por los niños y niñas, o bien utilizarlos en ambientes cerrados donde pueden aspirar gases que pudieran emanar o bien ponerse en contacto con su piel.

Por dichos motivos, el Juzgado Federal de Oberá con fecha 22 de junio, puso a disposición de la Aduana conforme a su petición, en virtud de los inconvenientes que generaba su almacenamiento y dado que no era factible su venta o donación por la toxicidad de su composición química, todo ello de acuerdo a lo previsto por las leyes vigentes.

FUENTE: JUZGADO FEDERAL DE OBERÁ